Servicios y tramites de arquitectura en gerona
Inspección técnica de edificios
El pasado 23 de Novembre de 2010 (Decreto 187/2010) el Gobierno aprobó la normativa que regula las inspecciones técnicas de los edificios (ITE), una revisión obligatoria que deberán pasar todos los edificios o inmuebles plurifamiliares en función de su antiguedad.
| Antiguedad edificio | Fecha máximo para pasar la inspección |
| Anterior a 1930 | 31 de diciembre de 2012 |
| Entre 1931 y 1950 | 31 de diciembre de 2013 |
| Entre 1951 y 1960 | 31 de diciembre de 2014 |
| Entre 1961 y 1970 | 31 de diciembre de 2015 |
| A partir de 1971 | 31 de diciembre del año en que el inmueble alcance los 45 años de antiguedad |
Según el estado del inmueble y de sus deficiencias, se determina el certificado de aptitud de la inspección (apto o no apto), y las actuaciones a desarrollar.
Cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad garantiza el cumplimiento en los inmuebles de los niveles mínimos de habitabilidad. Lo otorga la Generalitat de Cataluña basándose en el certificado de habitabilidad emitido por un arquitecto o arquitecto técnico y con el correspondiente visado del colegio profesional.
Del mismo modo, las licéncias deben de ser otorgadas por los organismos municipales con tal de garantizar el cumplimiento de los requisitos para el desarrollo de su actividad (comercios, despachos...etc) en base al correspondiente informe.
Valoraciones y peritajes
En muchas ocasiones es necesario hacer una valoración o peritaje de un inmueble emitido por un técnico. Es importante tener en cuenta varios aspectos, como el estado del inmueble, el análisis de la evolución de los precios en la zona, etc.
Estas ocasiones pueden ir desde el asesoramiento necesario en el momento de la compra-venta, o bien en el caso de herencias, valoración de activos immobiliarios, procedimientos judiciales, etc.



